¿Es cierto que parte de un proceso migratorio lleva consigo un examen médico?

¿Es cierto que parte de un proceso migratorio lleva consigo un examen médico?. ¿Dicho exámen es para todo proceso migratorio?

Efectivamente, una vez que usted ha solicitado un ajuste de status de Residencia Americana Permanente (Forma I-485), el país le requiere exámenes médicos así como que se hayan cumplidos los requisitos de vacunación. 

Si usted reside dentro de los EEUU., durante su proceso de ajuste de status, entonces a usted se le requerirá un examen médico de inmigración realizado por un médico designado por USCIS. Dichos médicos autorizados puede ubicarlos a través de la página siguiente: https://my.uscis.gov/findadoctor, o a través del Centro de Atención al Cliente de USCIS (1-800-375-5283)

Si usted reside fuera de los EEUU., durante su proceso de ajuste de status, entonces a usted se le requerirá un examen médico de inmigración realizado por un médico designado por el Departamento de Estado de Estados Unidos. Dichos médicos autorizados puede ubicarlos a través de la página: https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/immigrate/the-immigrant-visa-process/interview/interview-prepare/medical-examination.html

Tenga en cuenta que el costo de dichos examenes médicos no son asignados y/o regulados por el Servicio de Inmigraón y Ciudadanía (USCIS). Las tarifas deberá consultarlas directamente con dicho consultorio médico. 

El Formulario que debe ser completado y debidamente firmado es el formulario I-693, Informe de Examen Médico y de Vacunación. Usted deberá firmarlo delante de su médico, quien habrá documentado el mismo, con sus resultados  médicos.  

Mantenga en cuenta que el médico designado deberá completar, firmar y sellar el Formulario I-693, Informe Médico y de Vacunación. Dicho formulario deberá persentarse ante las autoridades de USCIS de manera completamente sellada. El sobre en referencia no deberá abrirse por ningún concepto. Es importante que tenga en cuenta que si dicho sobre es alterado de alguna manera, el mismo no será aceptado por el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS).

El presente artículo es a base informativa para nuestra clientela. Si usted desea recibir consultoría legal, sírvase contactar a su abogado de confianza y con Licencia para proveer consultas legales.

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