¿Posee alguna de estas nacionalidades y necesita tener un permiso temporal de permanencia en USA?

Si está buscando calificar para el permiso temporal de permanencia en los Estados Unidos, este articulo es para usted. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS), ha aprobado un proceso de permanencia temporal para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos.

Como bien sabemos, a los venezolanos les fue aprobado el 12 de octubre del 2022, un nuevo proceso de entrada legal y simplificada a los EE. UU. La vigencia de este proceso comenzó el 18 de octubre del 2022.

Ahora bien, a partir del 6 de enero del 2023, se incluyeron los países de Cuba, Haití, y Nicaragua. Hablemos entonces de este famoso proceso migratorio que le estaría permitiendo a sus familiares y amigos de los países arriba mencionados, aplicar por un proceso de permanencia temporal.

¿En qué consiste, quiénes califican y qué se debe enviar a USCIS para obtener el permiso temporal de permanencia?

Empecemos por esclarecer que, a partir de enero 6, 2023, el PATROCINADOR/PERSONA DE APOYO solo debe de enviar el formulario I-134A a favor de cada beneficiario por separado, y éste es totalmente gratuito y debe presentarlo en línea, una vez que haya aperturado una cuenta ante USCIS.

A continuación, encontrará el enlace correspondiente para la apertura de dicha cuenta: https://myaccount.uscis.gov/ El patrocinador debe ser un ciudadano americano; un residente permanente, temporal o condicional; un asilado, refugiado o persona con “parolee”; un protegido bajo el TPS; un protegido bajo DACA o DED; y/o un No inmigrante con estatus legal.

Este patrocinador estará sujeto a una investigación de antecedentes y seguridad, y está obligado a demostrar que posee la capacidad económica suficiente para recibir, mantener y apoyar a su beneficiario, durante la estadía en los EE. UU., que será de dos (2) años.

Las personas de apoyo podrán hacerlo por sí mismos; conjuntamente con otras personas; o bien, las organizaciones, empresas y otras entidades.

Tenga en cuenta que, usted como patrocinador, cuando se esté apoyando en otras personas para el proceso de permiso temporal de permanencia, debe presentar sus identificaciones, la evidencia del apoyo económico adicional, así como las declaraciones de cada uno de ellos, explicando su voluntad de compartir dicha responsabilidad.

Demostrar suficiente capacidad económica ante USCIS

USCIS espera que la persona de apoyo o el patrocinador se encargue del recibimiento en los EE. UU. de su beneficiario y del traslado al lugar donde residirá; velar porque el beneficiario goce de una vivienda adecuada y se asegure de proveerle las necesidades básicas durante la estadía.

Asistir al beneficiario en la preparación de los documentos legales para el permiso temporal de permanencia, que deberá hacer éste después de su entrada al país (aplicación del permiso de trabajo, tarjeta de seguro social, etc.).

Que el beneficiario goce de atención médica durante su tiempo de estadía, así como, se puede extender, a proveer al beneficiario el acceso a su educación, clases de inglés, inscripción de los menores en sus escuelas respectivas, con las aplicaciones de empleo, etc.

El BENEFICIARIO, debe ser un nacional de Cuba, Haití, Nicaragua o Venezuela, y que esté fuera de los EE. UU Se incluyen igualmente, el cónyuge o pareja de convivencia común, así los hijos solteros y menores de 21 años. Los menores de 18 años deben de viajar acompañados del padre, madre o tutor legal.

El beneficiario deberá ser elegible y para ello, debe tener a una persona de apoyo en los EE. UU.; deberá cumplir con la investigación de antecedentes de seguridad; aprobar los adicionales criterios de elegibilidad y que le sea aprobado la entrada a los EE. UU. y el permiso de permanencia temporal, lo cual es a discreción del CBP (Customs and Border Protection).

Tenga en cuenta que, el beneficiario no debe ser residente permanente o tener doble nacionalidad de otro país; poseer los documentos legales correspondientes si está viajando con menores de 18 años y cumplir con los requisitos de vacunación. Asimismo, debe haber cumplido con el examen médico de la tuberculosis, así como prueba de liberación de interferon gamma (IGRA) dentro de los 90 días.

Permanencia temporal para venezolanos, cubanos, haitianos y nicaragüenses

Del PROCESO en sí, podemos comentar que una vez presentado el formulario de inmigración I-134A, la Solicitud en Línea para Convertirse en Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero, la podrá encontrar a través del enlace siguiente: https://www.uscis.gov/es/i-134a; si dicho formulario ha sido considerado como suficiente, el beneficiario recibirá un correo electrónico explicando los pasos a seguir.

Estos pasos se basarán en la apertura de cuenta de USCIS, revisión de los datos biométricos, anexo de fotografía, cumplimiento de las vacunas, y si dicho beneficiario es elegible, recibirá una autorización adelantada de viaje a los EE. UU., para entonces, obtener el permiso de permanencia temporal. Tenga en cuenta que esta autorización de viaje será válida por el tiempo de 90 días.

El BENEFICIARIO del Permiso temporal de permanencia, deberá cubrir sus costos de vuelo y una vez que se presente ante el Puerto de entrada de los EE. UU., los oficiales de CBP (Customs and Border Protection) tomarán la determinación discrecional de permitir la entrada al país basado en razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo y serán quienes otorguen el permiso de permanencia temporal por el tiempo de dos (2) años.

Este artículo es solo a base informativa y no consultiva. Si desea recibir una consulta legal, sírvase contactar a su abogado de inmigración de confianza, a los fines de que le sea proveída su asesoría legal correspondiente.

Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. más información

Los ajustes de cookies de esta web están configurados para "permitir cookies" y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en "Aceptar" estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar