Conozca cómo los familiares de ciudadanos estadounidenses pueden emigrar al país y obtener su residencia americana.

Sabemos el trabajo que conlleva obtener la residencia americana y naturalizarse para, finalmente, convertirse definitivamente en un ciudadano estadounidense, es por esto que cuando lo logramos, es normal que deseemos que nuestros familiares, que se encuentran residiendo en otro país, los queramos a nuestro lado que nos acompañen y ofrecerles un nuevo ambiente y ¿Por qué no? Un mejor futuro. 

¿Te sientes identificado? Entonces debes saber que si deseas que tus familiares emigren junto a ti a los Estados Unidos, el Formulario I-130, Petición para un Familiar Extranjero del USCIS, te puede ayudar, ya que con éste,  podrás facilitar el proceso de traer a los Estados Unidos, a tu cónyuge, hijos, padres, entre otros, dependiendo de la categoría de los mismos. En este sentido, estos familiares dispondrán de un número de visa inmediatamente disponible.

Ahora bien, si los familiares que deseas traer,  no resultan precisamente familiares directos, es decir, no son ni tu hijo, cónyuge o padres, entre otros,  entonces la petición podría figurar en la categoría “preferencial de familia”

Específicamente los familiares de esta categoría son:

  •  Hijos o hijas solteros mayores de 21 años
  •   Hijos casados
  •    Hermanos y hermanas (si usted, el solicitante, ciudadano de los Estados Unidos, es mayor de 21 años)

Estos, podrán obtener la residencia americana a través de dos pasos principales:

Primer paso

El solicitante, debe presentar el Formulario I-130,  Petición para un Familiar Extranjero, y luego esperar a que se actualice la fecha de prioridad en su categoría de visa de inmigrante, es decir, la fecha en que fue presentado correctamente el Formulario I-130 (con la tarifa correcta y firma) ) en nombre de su familiar extranjero, por usted. 

 Segundo paso

 Una vez que se haya actualizado la fecha de prioridad para su categoría de visa, usted podrá solicitar un Ajuste de Estatus presentando el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, éste, será el procedimiento que deberá seguir su familiar para convertirse en residente permanente de los Estados Unidos.

Por otro lado, si su familiar se encuentra fuera de los Estados Unidos y usted desea traerlo y brindarle la residencia americana, entonces deberá tener en cuenta algunos factores:

  •   Ley de Protección de Estatus del Menor (CSPA) esto aplica para los hijos del ciudadano estadounidense, ya que generalmente la  edad se “mantiene inalterada” a partir de la fecha en la que usted, su progenitor, presenta el Formulario I-130.
  •   Matrimonio: si su hijo soltero se casa antes de hacerse residente permanente en los Estados Unidos, entonces ya no calificacomo un “Hijo(a) menor de edad soltero(a) de un ciudadano estadounidense” y pasará a formar parte de la categoría de “Hijo(a) casado(a) de un ciudadano estadounidense”.  Este cambio de categorías podrá ocasionar un retraso significativo en la disponibilidad de visa de inmigrante.

Esperamos que esta información le haya sido de utilidad y pueda reunirse con sus familiares extranjeros, brindándoles la residencia americana muy pronto.

Este artículo es a base informativa. Si desea recibir una consulta legal, le recomendamos consulte a un Abogado con Licencia, y de su confianza.

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