Muchos de nuestros clientes después de estar un tiempo de turistas en los EE. UU., desean tener una extensión de estadía y se encuentran ante la situación de no saber los motivos por los cuáles solicitarla
A continuación, estaremos hablando más al respecto. Antes de ello, le esclarecemos que el formulario indicado para solicitar la extensión de estadía es el formulario I-539, el cual debe presentarse ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS); antes del vencimiento de esta. De hecho, se recomienda que se presente 45 días antes de su vencimiento.
Tenga en cuenta de que, si usted permanece dentro de los EE. UU. por más del tiempo autorizado en su formulario I-94, corre el riesgo de que no se pueda reingresar a los EE. UU. (una vez que haya salido) o bien, que pueda ser removido/deportado (si aún se encuentra dentro del país).
¿Cómo saber si usted califica para solicitar dicha extensión de estadía?
Pues bien, podrá solicitarla si fue debidamente admitido en los EE. UU. y posee una visa válida y vigente; si usted no ha cometido delito que lo convierta en inelegible para una visa; si no ha violado las condiciones que le fueron concedidas al momento de su admisión; y si posee y/o poseerá un pasaporte válido.
Y ¿Cómo saber si NO califica para solicitar una extensión de estadía?
Pues bien, usted no podrá solicitarla si ha sido admitido dentro de los EE. UU. en algunas de las siguientes categorías: Bajo el programa de Visa Waiver Program (VWP); si es miembro de una tripulación (Visa D); que usted se encuentra de tránsito (con Visa C o sin Visa-TWOV); si usted es prometido(a) o dependiente de un prometido(a) de un ciudadano americano (Visa K); y si es un informante (y familiares) sobre terrorismo o crimen organizado (Visa S).
Hoy en día, usted también puede presentar su solicitud en línea a través del siguiente enlace: https://myaccount.uscis.gov/
Ahora bien, deberá presentar una declaración por escrito, explicando las razones por las cuales desea extender su estadía dentro de los EE. UU. y, recuerde que deberá pagar la tarifa requerida y proveer toda la evidencia y documentación que apoye su solicitud de extensión de estadía.
¿Cómo pedir extensión de estadía en USA?
Como último, le mencionamos que usted puede solicitar su extensión de estadía, que se reinstale su estatus de estudiante o bien, un cambio de su estatus, en las siguientes categorías:
- B-1, visitante temporal por negocios, incluso aquellos bajo estatus B-1A, B-1B, B-1C, y B-1D;
- B-2, visitante temporal por placer;
- CW-2, cónyuge o hijo de un trabajador temporal CNMI;
- E, cónyuge o hijo de un no inmigrante E-1, E-2, E-3
- F-1, estudiante académico;
- F-2, cónyuge o hijo de un estudiante académico F;
- H-4, cónyuge o hijo de un trabajador temporal H;
- I, representante de medios de comunicación extranjeros y su cónyuge o hijos;
- J-1, visitante de intercambio;
- J-2, cónyuge o hijos de visitante de intercambio J-1;
- K-3, cónyuge extranjero de un ciudadano estadounidense;
- K-4, hijo de cónyuge extranjero de un ciudadano estadounidense;
- L-2, cónyuge o hijo de un ejecutivo transferido dentro de la misma compañía;
- M-1, estudiante vocacional;
- M-2, cónyuge o hijo de un estudiante vocacional;
- N-8, padre de un inmigrante especial menor de edad;
- N-9, hijo de inmigrantes especiales;
- O-3, cónyuge o hijo de un inmigrante con habilidades o logros extraordinarios O;
- P-4, cónyuge o hijo de un artista, atleta, animador P;
- R-2, cónyuge o hijo de un trabajador religioso R, y;
- TD, cónyuge o hijo de un profesional canadiense o mexicano TN.
Este artículo es solo a base informativa y no consultiva. Si desea recibir una consulta legal, sírvase contactar a su abogado de inmigración de confianza, a los fines de que le sea proveída su asesoría legal correspondiente.