Muchas veces nos preguntamos si la tecnología y la legalidad se fusionan. En este caso sí, dado que la modernidad que ha adaptado el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU, les permite monitorear su caso, recibir notificaciones, así como hacer sus aplicaciones en línea, evitandose así, entre otras cosas, el traslado y el pago a las oficinas del servicio postal.

Ahora bien, se preguntarán en qué los beneficia la solicitud en linea. Entre muchas otras, dicha presentación en línea les puede ayudar a:

1. Que su solicitud sea recibida más rápida que si usted utilizara la opción del correo postal, y
2. Que su comunicación sea más directa, dado que no está enviando documentos o solicitud por escrito.
3. Presentar su solicitud en línea, en la comodidad de su hogar,
4. Que reciba notificaciones de su caso, igualmente en linea a través de su cuenta de USCIS, sin tener que esperar la correspondencia a través del servicio postal.

Hablemos un poco, de una aplicación que comunmente es muy radicada ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU, y la cual goza de la ventaja que puede presentarse en línea. Ella es el Formulario I-539, que es la Solicitud para Extender/Cambiar Estatus de No Inmigrante. Esta aplicación debe presentarse, bajo la condición de ser un solicitante individual, es decir, sin co-solicitante.

Tenga en cuenta que usted tiene la ventaja de ahorrarse su dinero, siendo que para estas aplicaciones en línea, no necesita de la representación de un abogado o de representación o acreditada.

Recuerde que si usted es un no inmigrante, que se encuentra físicamente en los EEUU., y desea extender su estadía más allá de la fecha concedida en la entrada a los EEUU, usted puede confirmar si es elegible para presentar su solicitud, entrando a la página web: uscis.gov/es/i539enlinea, y después de ello, usted podrá presentar el Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar Estatus de No Inmigrante en línea, una vez que posea una cuenta de USCIS en línea.

Para presentar este Formulario, tenga en cuenta que también deben de tener alguno de los siguientes status:

B-1, Visitante temporal por negocios, incluyendo status B1A, B1B, B1C, y B1D;
B2, Visitante temporal por turismo;
CW2, cónyuge o hijo de un trabajador temporal CNMI;
No inmigrante E;
F1, estudiante académico con estatus con fecha de expiración específica;
F2, cónyuge o hijo de un estudiante académico F en estatus con fecha de expiración;
H4, cónyuge o hijo de un trabajador temporal H;
I, representante de medios de comunicación extranjeros y su cónyuge o hijos;
J-1, Visitante de intercambio;
J-2, cónyuge o hijos de visitante de intercambio J-1;
K-3, cónyuge extranjero de un ciudadano estadounidense;
K-4, hijo de cónyuge extranjero de un ciudadano estadounidense;
L-2, cónyuge o hijo de un ejecutivo transferido dentro de la misma compañía;
M1, estudiante vocacional;
M2, cónyuge o hijo de un estudiante vocacional;
N8, padre de un inmigrante especial menor de edad;
N9, hijo de inmigrantes especiales;
O-3, cónyuge o hijo de un inmigrante con habilidades o logros extraordinarios O;
P-4, cónyuge o hijo de un artista, atleta, animador P;
R-2, cónyuge o hijo de un trabajador religioso R, y;
TD, cónyuge o hijo de un profesional canadiense o mexicano TN.

Para los Familiares de No Inmigrantes, pueden escojer entre dos opciones, que son:

1. Presentar una solicitud como parte de una familia, es decir, como co-solicitante, igualmente a través del Formulario I-53, pero utilizando el servicio de correo postal, y pagando la tarifa correspondiente, o bien,
2. Presentar una solicitud, a través del sistema en linea de manera individual y pagar la tarifa por separado.

¿Qué debemos de tomar en cuenta, a la hora de querer presentar una solicitud en línea? Porsupuesto, que usted debe poseer una computadora, tableta o teléfono. Debe orientarse para evitar errores en dicha aplicación y una vez, que haya completado su aplicación, no olvide realizar el pago respectivo. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU, le enviará una notificación en su cuenta de USCIS.

Una vez completada su solicitud en línea, comunmente, usted recibirá una notificación,especificamente del lugar, hora y fecha, para la toma de sus huellas dactilares; empezará a recibir actualizaciones del status del caso; igualmente y a través de la cuenta de USCIS, podrá actualizar su información de contacto, asi como anexar evidencia, si le es solicitada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU.

Le deseamos que su aplicación sea aprobada y le sea enviada el cambio o extensión de su status. Recuerde que esta aprobación le será enviada por correo regular, a través del Formulario I-797, y el Formulario I-93, Registro de Entrada/Salida.

Este artículo se ha hecho a base informativa y no consultiva. Si usted desea mas información al respecto, contacte a las oficinas del Servicio de Inmigración y Ciudadania de los EEUU, o bien, a su abogado de confianza, quien le puede proveer la consulta legal correpondiente. 

 

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