Como toda normativa, los requisitos de la naturalización incorporan ciertas excepciones y ajustes, y en esta asesoría de inmigración se los explicamos.

Para todo inmigrante que resida por un determinado tiempo en los EEUU, será necesario que aplique una solicitud de naturalización, por lo que deberá investigar los requisitos de dicho procedimiento y asegurarse de que en efecto, es una persona elegible para la naturalización. Sin embargo, existen algunas excepciones y modificaciones respecto a algunos de estos requisitos, dependiendo del estado de la persona, y a continuación le mencionamos cuales son:

Excepciones respecto al dominio del idioma inglés: Para la naturalización se requiere que usted pueda hablar, escribir y leer el idioma inglés de manera fluida y entendible. Sin embargo, usted puede estar exento de este requisito si tiene 50 años de edad o más y dispone de  su residencia permanente legal de los Estados Unidos por 20 años al momento de solicitar la naturalización; si tiene 55 años de edad o más y tiene su residencia permanente legal en los Estados Unidos por 15 años; y si tiene 65 años de edad o más y tiene su residencia permanente legal en los Estados Unidos por 20 años. En esta última inclusive, solo tomaría una versión simplificada del examen de educación cívica.

Sin embargo, aún cuando aplique para estas excepciones, usted deberá presentar el examen cívico, pero en su idioma natal. De igual manera deberá llevar un intérprete para la entrevista que entienda el idioma inglés.

Excepciones respecto al examen de inglés y educación cívica: Ahora, si usted sufre de alguna discapacidad física o trastorno mental, puede solicitar una excepción de estos requisitos a través del Formulario N648, Certificación Médica para Excepciones de Discapacidad.  El cual, debe ser completado por un médico especializado en el área y certificado.

Excepciones respecto al tiempo de Residencia: Si usted  está involucrado en ciertos tipos de trabajo en el  extranjero, puede ser elegible para una excepción al requisito de la residencia continua. Asegúrese de revisar la opción “excepciones y ajustes”.

Opciones para discapacitados: Finalmente si usted o algún familiar sufre de problemas físicos o mentales y  necesitan completar el proceso de naturalización. Puede informarse en la sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, donde proporcionan toda la información necesaria acerca de arreglos o modificaciones para este tipo de situación.

Por último, respecto al juramento de lealtad, la ley también permite ciertas opciones, dependiendo del estado de la persona, solo debe consultar  la sección 337 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y el título 8 de la Ley Federal 337.1(b).

Este artículo es a base informativa y trata específicamente de ofrecer una asesoría de inmigración. Si desea recibir una consulta legal, le recomendamos consulte a un Abogado con Licencia, y de su confianza.

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